RESPONSABILIDAD MÉDICA – DAÑOS Y PERJUICIOS – MALA PRAXIS – INTERVENCIÓN QUIRÚRGICA – RELACIÓN DE CAUSALIDAD

Las secuelas de una intervención quirúrgica mediante clisado de un aneurisma en el cerebro no pueden atribuirse a la culpa o negligencia del galeno, si su conducta se ajustó a los principios científicos que le imponían el ejercicio de su actividad, actuando con la previsibilidad media que prevé el art. 512 del Código Civil. Así, si se tomaron las medidas concretas de derivación, internación y estudio de tomografía computada de cerebro, siendo que la actora no corrió riesgos mas allá de la evolución propia de su patología y la técnica quirúrgica utilizada era la única válida técnica y científicamente a la época de la emergencia, la evolución post operatoria fue favorable, las secuelas son consecuencia de la patología sin conexidad alguna con la intervención quirúrgica, ni con la conducta de los médicos tratantes. Es así que, si su actuación estuvo ajustada a los principios de la ciencia y el arte de curar de la especialidad, al no probarse la relación causa efecto entre el obrar del facultativo y las secuelas invocadas, corresponde rechazar la acción intentada. (Sumario Nº20149 de la Base de Datos de la Secretaría de Jurisprudencia de la Cámara Civil).

REFERENCIAS
Referencias Normativas: Ley 340 Art.512

DATOS DEL FALLO
CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO CIVIL, CAPITAL FEDERAL
(AMEAL, HERNÁNDEZ.)
ECHENIQUE, Silva Beatriz c/ PARDAL, Carlos y otros s/ DAÑOS YPERJUICIOS.
SENTENCIA del 24 DE SETIEMBRE DE 2010

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