RÉGIMEN PENAL DE LA MINORIDAD – MENORES – INTERNACIÓN: PROCEDENCIA

Se encuentra ajustada a derecho la decisión del Tribunal Oral de Menores que dispuso mantener la internación del menor ya que, amén de constituir un tema respecto del cual goza de facultad, en principio, discrecional —ley 22.278—, está a cubierto de cualquier tacha de arbitrariedad, ya que el tribunal respetó tanto la normativa minoril nacional como la supranacional. Además, dicha medida se dispuso como última ratio, pues con anterioridad intentó resolver los problemas de conducta del menor. (Voto de los Dres. Bisordi, Rodríguez Basavilbaso y Catucci).

REFERENCIAS
Referencias Normativas: Ley 22.278

DATOS DEL FALLO
CÁMARA NACIÓNAL DE CASACIÓN PENAL, CAPITAL FEDERAL
Sala 01 (Magistrados: Bisordi, Rodríguez Basavilbaso, Catucci.)

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