DAÑO MORAL – DAÑO PSIQUICO – DAÑO FISICO – ACCIDENTE DE TRANSITO

Se ha definido al daño moral como una modificación disvaliosa del espíritu en el desenvolvimiento de su capacidad de entender, querer o sentir, que se traduce en un modo de estar de la persona, diferente al que se hallaba antes del hecho, como consecuencia de éste y anímicamente perjudicial. Por consiguiente, habiéndose acreditado daños psicofísicos en la víctima como consecuencia de un accidente de tránsito, el daño moral surge “in re ipsa”.

FALLOS
CAMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO CIVIL , CAPITAL FEDERAL, CAPITAL FEDERAL
Sala L (Pérez Pardo – Liberman (voto) – Galmarini (en disidencia parcial))
Kurtinaitis, Gabriela c/ Línea 22 S.A. y otro s/ daños y perjuicios (acc. trán. c/ les. o muerte)
SENTENCIA, 607.657 del 4 DE FEBRERO DE 2013

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