COMPRAVENTA DE AUTOMOTORES – AUTOMOTOR DEFECTUOSO – RESPONSABILIDAD CIVIL – RESPONSABILIDAD OBJETIVA – DEFENSA DEL CONSUMIDOR – RESPONSABILIDAD DEL FABRICANTE – RESPONSABILIDAD DE LA CONCESIONARIA – DAÑOS Y PERJUICIOS – INDEMNIZACION – DAÑOS PUNITIVOS – DAÑO MORAL – PRIVACION DEL USO DEL AUTOMOTOR – DISIDENCIA

La procedencia del daño punitivo no puede ser determinada mecánicamente: ante el incumplimiento, la sanción; sino que requiere de un análisis exhaustivo de la conducta del responsable, a efectos de desentrañar si ha mediado un desinterés manifiesto por los derechos de terceros o un abuso de posición dominante, o un lucro indebido.

De otro modo, incluyendo la multa por daño punitivo como un rubro indemnizatorio más, siempre correríamos el riesgo de propiciar un enriquecimiento ilícito a favor de la víctima, extremo no querido por el sistema de reparación de daños del derecho civil. (del voto de la Dra. Pamphile).

FALLOS
CAMARA DE APEL. EN LO CIVIL, COMERCIAL, LABORAL Y DE MINERIA , NEUQUEN, NEUQUEN
Sala 01 (Jorge Pascuarelli – Cecilia Pamphile – Federico Gigena Basombrio)
DIJKSTRA, NICOLAS. c/ SAPAC S. A. Y OTRO. s/ SUMARÍSIMO ART. 321 CPCC.
SENTENCIA, 14/2013 del 26 DE FEBRERO DE 2013

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