ACCIDENTE DE TRANSITO – RESPONSABILIDAD OBJETIVA – PRESUNCION DE CULPA – MOTOCICLETA – EXIMENTES DE RESPONSABILIDAD (CIVIL)

El solo hecho de haberse demostrado que el vehículo de mayor porte tomó contacto con la motocicleta, determinó que la víctima tuviese a su favor una presunción de responsabilidad que alcanza al dueño y guardián de la cosa riesgosa, quien, para eximirse de tal atribución, debía demostrar que el evento acaeció por culpa de la víctima, la de un tercero por quien no debía responder, o el caso fortuito que fractura el nexo de causalidad.

FALLOS
CAMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO CIVIL , CAPITAL FEDERAL, CAPITAL FEDERAL
(RICARDO LI ROSI – SEBASTIÁN PICASSO – HUGO MOLTENI -)
DELLA ROSCIA HUGO ALBERTO y otro c/ MICROOMNIBUS SAAVEDRA S.A.T.A.C.E.I. y otros s/ DAÑOS Y PERJUICIOS.
SENTENCIA del 5 DE FEBRERO DE 2013

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