Turismo accesible

Ley 25.643

La ley de turismo accesible establece obligaciones para facilitar el turismo de personas con discapacidad.

Turismo accesible

¿Qué es el turismo accesible?

Es el turismo pensado para que las personas con discapacidad puedan disfrutar y estar incluidas en los viajes y en las actividades de recreación propias del tiempo libre.

¿Quiénes son consideradas personas con discapacidad para esta ley?

Las personas que tienen alguna deficiencia motriz, sensorial, intelectual o mental y que no pueden participar de manera plena y en igualdad de condiciones porque se encuentran con alguna barrera que se los impide.

Tipo de servicios

¿Qué tipo de servicios debe incluir el turismo accesible?

Debe cumplir con el diseño universal y la accesibilidad. El diseño universal se cumple cuando los productos y servicios están pensados para que todos, incluidas las personas con discapacidad, puedan usarlos. La accesibilidad se cumple cuando se eliminan las barreras de todo tipo que impiden la participación de personas con discapacidad.  Por ejemplo, cuando los edificios y veredas tienen rampas, puertas amplias, existen baños adaptados, señalización en Braille, etc.

Información

¿Existe alguna manera de saber quiénes cumplen con esas obligaciones?

Sí.  La ley establece que los que cumplen esas obligaciones deben estar identificados con los símbolos de accesibilidad para personas con discapacidad motriz, discapacidad auditiva o discapacidad visual.

 ¿Dónde puedo recibir información para planificar mi viaje?

Las agencias de viajes deben informar a las personas con discapacidad y sus acompañantes sobre los inconvenientes que pueden encontrar durante su viaje.

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