Tierras rurales

Ley 26.737

La ley de protección de tierras rurales limita la posibilidad de vender a extranjeros tierras que tienen fuentes de agua importantes o que están en zonas de seguridad de fronteras.

Tierras rurales

¿Qué son las tierras rurales?

Son tierras rurales todas las que están fuera de las zonas urbanas, sin que importe el destino que se les da.

Personas extranjeras

¿Las personas extranjeras pueden comprar tierras rurales en Argentina?

Sí, pero la ley prohíbe que las personas extranjeras sean titulares o poseedores de:

  • Tierras con cuerpos de agua importantes y permanentes o que sean ribereñas a cuerpos de agua importantes y permanentes.
  • Tierras ubicadas en zonas de seguridad de frontera.

¿Existe algún límite a la cantidad total de tierras rurales que pueden tener las personas extranjeras?

Sí. Sólo pueden tener el 15% de las tierras rurales de nuestro país.

Ese porcentaje también se aplica al territorio de cada provincia y, por eso, las personas extranjeras no pueden ser titulares de más del 15% del territorio de una provincia.

Además, las personas extranjeras de una misma nacionalidad no pueden tener más del 30% de ese 15% total sobre las tierras rurales.

¿Las limitaciones para ser titular de tierras rurales se aplican también a las sociedades extranjeras?

Sí, las limitaciones se aplican tanto a personas físicas como a sociedades y a simples asociaciones.

La ley considera que una sociedad es extranjera cuando la mitad más uno de su capital social es de personas extranjeras.

¿Existe algún límite a la cantidad de hectáreas que puede tener una persona extranjera?

Sí.  Las personas extranjeras no pueden tener más de 1000 hectáreas en la zona núcleo y en las que sean declaradas equivalentes.

Excepciones

¿Algunas personas extranjeras quedan fuera de la limitación establecida por la ley para tener tierras rurales?

Sí. La ley no se aplica a:

  • Personas que tienen 10 años de residencia continua y permanente en el país.
  • Personas que tienen hijos argentinos y demuestran que tienen una residencia de 5 años continua y permanente en el país.
  • Las personas casadas o que conviven con un ciudadano argentino desde 5 años antes de adquirir la tierra rural y que demuestran residencia permanente y continua.

La residencia es continua cuando la persona está en el país más de 9 meses por cada año.

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