RESPONSABILIDAD DEL DUEÑO O GUARDIAN DE LA COSA – ACCIDENTE DE TRANSITO – MUERTE – MENORES – OBRAS EN LA VIA PUBLICA

Resulta responsable la empresa constructora a cargo del plan de reconstrucción de calzada, bacheo y mejoramiento del entoscado de ruta, por el fallecimiento de un menor que mientras conducía su bicicleta por la banquina fue embestido por un camión que transportaba y descargaba materiales para dicha obra vial, dado que la empresa demandada reviste el carácter de guardián del vehículo embistente en los términos de lo dispuesto en el art. 1113 primera parte del Código Civil, y no acreditó que hubiera existido culpa de la víctima o de un tercero por quien no debiera responder.

REFERENCIAS
Referencias Normativas: Código Civil Art.111

FALLOS
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA , LA PLATA, BUENOS AIRES
(Lázzari – Kogan – Genoud – Hitters – Negri)
Bogado, Juan Jorge y otro c/ Toledo, Víctor Adrián y otros s/ Daños y perjuicios
SENTENCIA del 15 DE JULIO DE 2015

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