REGIMEN PENAL DE LA MINORIDAD – SENTENCIA CONDENATORIA

Debe rechazarse el agravio relativo a la errónea aplicación de las previsiones del art. 4º de la ley 22.278 -Régimen Penal de la Minoridad-, en tanto la necesidad de imposición de pena fue sustentada en los tratamientos tutelares de los encartados, quienes no lograron reencauzar sus vidas ni internalizar los objetivos que prevé el artí. 40 de la Convención sobre los Derechos del Niño. La ausencia de recurso acusador impide la aplicación de la agravante prevista en el art. 41 quater CP.

REFERENCIAS
Referencias Normativas: Ley 22.278 Art.4, Ley 23.849 Art.40, Ley 23.849 Art.41

FALLOS
CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL , CAPITAL FEDERAL, CAPITAL FEDERAL
Sala 03 (Eduardo Rafael Riggi – Liliana Elena Catucci – Mariano Hernán Borinsky)
L., L. M.; L., C. R. y L., Miguel Ángel s/ Recurso de casación
SENTENCIA del 17 DE NOVIEMBRE DE 2014

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