RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD: IMPROCEDENCIA – SENTENCIA SUFICIENTEMENTE FUNDADA – DAÑOS Y PERJUICIOS – NEXO CAUSAL – RESPONSABILIDAD MÉDICA

Debe rechazarse la queja interpuesta por la Provincia demandada, desde que el disenso de la recurrente para con la decisión a que arribara la Cámara, reducen sus planteos a una simple aseveración de una solución distinta de la propuesta por el Tribunal a quo, sin respaldo en razonamientos concretos de las circunstancias del caso, valiéndose tan solo de consideraciones genéricas y esquemáticas que en modo alguno demuestran que la Sala hubiera incurrido en un razonamiento ilógico, absurdo o irrazonable, que autorice a descalificar el pronunciamiento como acto Jurisdiccional válido. En el caso, frente a la razonada y fundada decisión a que arriba la Alzada, la impugnante pretende oponer su particular enfoque de la causa negando que se encuentre acreditado el nexo causal entre la conducta que se le reprocha y el daño causado, restando relevancia en el desenlace de la menor tanto a la falta de disponibilidad de cama en la UTI, como que exista déficit de información por no haber consignado la anestesista algunos datos de la menor, negando, en definitiva, que los facultativos médicos incurrieran en negligencia y por tanto en la responsabilidad médica imputada.

DATOS DEL FALLO
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, SANTA FE, SANTA FE
(GUTIERREZ – GASTALDI – NETRI – SPULER)
PERALTA, ROSA BEATRIZ Y OTRO c/ PROVINCIA DE SANTA FE s/ QUEJA POR DENEGACION DEL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD (EXPTE.: C.S.J. NRO. 631 AÑO 2001)
SENTENCIA del 14 DE ABRIL DE 2004

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