Presunción favorable al portador del pagaré con cláusula “sin protesto”

Si bien es cierto que la ley mercantil establece una presunción “juris tantum” favorable al portador del pagaré con cláusula “sin protesto” de haber cumplido con el requerimiento de pago, y que pesa sobre el deudor la producción de prueba en contrario, ello es así a condición de que el ejecutante manifieste haber presentado al cobro el documento en fecha y lugar determinados.

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