Juicio de escrituración

La adquisición de un inmueble (casa, lote) mediante un contrato privado denominado comúnmente Boleto de compraventa no produce por si mismo la trasferencia del dominio sobre la cosa. Estos boletos son precontratos, que necesitan para perfeccionarse del otorgamiento de la correspondiente escritura publica y su posterior inscripción en el Registro de la propiedad inmueble.

Por supuesto que este contrato genera para las partes derechos y obligaciones. Así, ante el incumplimiento del vendedor de suscribir la escritura traslativa de dominio, el comprador tendrá la opción de demandar judicialmente, o bien su cumplimiento o bien reclamar un resarcimiento por daños y perjuicios.

Por lo tanto, si Ud. es comprador por boleto y su vendedor se niega sin causa justificada a firmar la escritura, tiene el derecho de demandar judicialmente su otorgamiento mediante un Juicio de escrituración. De este modo, el vendedor estará obligado a suscribir el titulo o, en su defecto, será el juez quien supla esta omisión.

Posted in Posadas Misiones.