INDEMNIZACION POR ACCIDENTE DE TRANSITO – DAÑO MORAL

Para la determinación del daño moral en un accidente de tránsito constituyen elementos mensurativos los padecimientos físicos, angustias, aflicciones, consecuencia directa del accidente, y de las intervenciones quirúrgicas y tratamientos posteriores a los que se debió someter la víctima, sumado a la inferiorizante situación de verse obligado a exhibir probablemente durante toda su existencia la incapacidad que le ha quedado, que lo afectará anímicamente en su vida de relación y práctica de deportes, considerando además la edad al momento del accidente y la renguera constatada por la forense a más de dos años de la fecha del hecho.

FALLOS
CAMARA DE APELACIONES EN LO CIVIL Y COMERCIAL , PERGAMINO, BUENOS AIRES
Sala 01 (Levato – Scaraffia)
Luca, Federico Lucas c/ Barreto, Osmar Carlos y Otros s/ Daños y Perj.Autom. c/Les. o Muerte (Exc. Estado)
SENTENCIA del 11 DE MARZO DE 2013

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