HOMICIDIO CULPOSO – RESPONSABILIDAD MÉDICA – MALA PRAXIS – RESPONSABILIDAD PENAL

“Si el autor rebasa el riesgo permitido y con ello sigue incrementando el riesgo que precisamente aun era tolerable, crea un riesgo en conjunto sencillamente prohibido. Y ese riesgo prohibido en su totalidad también se realiza si se produce el resultado…las reglas de cuidado exigen su observancia incluso cuando su incumplimiento, no con seguridad, pero sí probable o posiblemente aumenta los peligros para la víctima .

La falta de actualización del análisis de sangre y el alta domiciliario anticipado, conforman la impericia que se le atribuye al imputado, puesto que teniendo en cuenta el cuadro general de la paciente, esto es, la operación cerebral a la que había sido sometida unos días antes, el estado febril que presentó, la circunstancia que padecía diabetes, como así también, que tenía antecedentes de hipertensión arterial, ameritaban que se extremaran los cuidados a su respecto, específicamente, que se actualizaran los análisis clínicos —tanto de sangre como de orina— para descartar todo infección.

En consecuencia, la conducta atribuída al imputado pudo haber influido negativamente en el proceso evolutivo de la víctima, provocando su fallecimiento.

Razón por la cual, el resolutorio impugnado que decreta el procesamiento del imputado en orden al delito de homicidio culposo debe ser homologado.

DATOS DEL FALLO
CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL, CAPITAL FEDERAL
Sala 06 (Bunge Campos, Nocetti de Angeleri, Lucini. (Sec.: Paisan).)
DURAN, Luis R. s/ .
SENTENCIA, 29044 del 8 DE JUNIO DE 2006

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