HOMICIDIO CULPOSO – ACCIDENTE DE TRANSITO – RECURSO DE CASACION: IMPROCEDENCIA – CULPA DE LA VICTIMA

El Juzgado Correccional declaró culpable al imputado como autor penalmente responsable del delito de Homicidio culposo agravado y Lesiones culposas en concurso ideal por el que viene incriminado, condenándolo en consecuencia a sufrir la pena de dos años de prisión en suspenso y a la inhabilitación especial de seis años para conducir cualquier tipo de vehículos automotores.

Denuncia en primer término, la inobservancia o errónea aplicación de las reglas de la sana crítica en la apreciación de las pruebas, al sostener que la conducta realizada por el imputado no fue la causa de la muerte del menor víctima.

No puede tener acogida favorable el argumento de la defensa respecto a que la muerte del bebé era evitable si hubiese ido en el asiento de atrás y con las medidas de seguridad exigidas, intentando de este modo excluir el nexo causal existente entre la conducta de G. y la muerte del niño.

La certeza a la que arribó el tribunal no se conmueve con la mención de la conducta de quien conducía su rodado Peugeot 505 -embistente-, con exceso de ocupantes, llevando un niño en el sector delantero, lo que está vedado por la ley, a una velocidad al menos inadecuada por ese contexto de situación, y con distracción y/o falta de concentración conductiva; pues, no obstante ello, ha quedado en claro que tal proceder no ha sido la causa determinante del resultado final.

Por ello, el juzgador destacó que no se está juzgando la conducta de la conductora del vehículo sino la de G., y justamente se le achacó haber estacionado su camión en un lugar prohibido, incurriendo de este modo en violación a las normas de tránsito, y que en la ocasión significó poner en la vía de circulación, un elemento de peligro con el cual impactó el vehiculo en el que se trasladaban las victimas, siendo esa, y no otra, la causal determinante del hecho.

En idéntica dirección, cabe referir que si bien la culpa concurrente en el accidente de tránsito no compensa la responsabilidad penal del imputado en orden al delito de homicidio culposo, aquélla sí puede configurar un atenuante en la individualización de la sanción a imponer, atenuación que en el caso se ha visto reflejada en el monto de pena impuesto a G.
Por ello, corresponde no hacer lugar al recurso interpuesto.

FALLOS
CORTE DE JUSTICIA , SAN FERNANDO DEL VALLE DE CATAMARCA, CATAMARCA
(Luis Raúl Cippitelli José Ricardo Cáceres Amelia Sesto de Leiva)
Gómez, Sergio Gabriel s/ Recurso de Casación interpuesto por el Dr. Luciano A. Rojas en contra de Sentencia Nº 109/2012 de Expte. Nº 225/10 – Gómez Gabriel – Homicidio Culposo
CASACION, 33/13 del 4 DE SETIEMBRE DE 2013

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