Equipamiento de seguridad

El equipamiento de seguridad que exige la ley para circular en auto es:

  • Las placas de identificación del dominio (chapas patentes).
  • Matafuego.
  • Balizas portátiles.
  • Sistemas de seguridad originales en buen estado de funcionamiento.

La documentación indispensable que necesitas para poder circular con un vehículo son:

  • La licencia de conducir.
  • La cédula de identificación del vehículo (es la cédula verde).
  • El comprobante de seguro obligatorio.

Y para circular en algunas provincias debes tener:

  • Comprobante de pago del impuesto a la radicación del vehículo (patente).
  • Constancia de Revisión Técnica Obligatoria vigente (VTV).

Cuando no sos dueño del vehículo con el que circulás tenes que tener la cedula azul.

Las pautas que  tienen que respetar los ocupantes del vehículo son:

  • Todos los ocupantes tienen que llevar puesto el cinturón de seguridad.
  • El número de ocupantes tiene que guardar relación con la capacidad para la que fue construido el vehículo y no molestar al conductor.
  • Los menores de 10 años tienen que viajar en el asiento de atrás con cinturón de seguridad.
  • Los menores de 4 años tienen que viajar en dispositivos de retención infantil (sillitas).

Recordá que está prohibido circular usando el teléfono celular.

No es necesario que tengas el último recibo de pago del seguro. Es suficiente con que lleves el comprobante de seguro que debe darte tu aseguradora.

Los límites máximos de velocidad en zonas urbanas son:

  • Calles: 40 km/h.
  • Avenidas: 60 km/h.
  • Vías con semáforos coordinados y sólo para motocicletas y automóviles: la velocidad de coordinación de los semáforos.

Los límites máximos de velocidad en zonas rurales son:

  • Para motocicletas, automóviles y camionetas: 110 km/h
  • Para microbús, ómnibus y casas rodantes motorizadas: 90 km/h
  • Para camiones y automotores con casa rodante acoplada: 80 km/h
  • Para transportes de sustancias peligrosas: 80 km/h

Los límites máximos de velocidad en semiautopistas son:

Para autos y motocicletas, 120 km/h.

  • Para el resto de los vehículos, los mismos que en zona rural.
  • Los límites máximos de velocidad en autopistas son:
  • Para autos y motocicletas, 130 km/h.
  • Para el resto de los vehículos, los mismos que en zona rural.
  • En las autopistas de CABA el límite de velocidad es de 100 km/h.
Posted in Posadas Misiones.