Diligenciamiento de Cédulas. Notificación por cédula

La diligencia con que debe llevarse a cabo una notificación no se ve desplazada por el hecho de tratarse de una notificación llevada a cabo por la oficina respectiva del Poder Judicial -y no por un agente de la Administración Fiscal, acreedor de la pretensión tributaria- pues la circunstancia de ser practicada por un tercero imparcial e independiente no exime a la diligencia de la necesidad de cumplir con los recaudos legalmente establecidos para los actos de notificación para que cumplan de modo eficaz la finalidad perseguida(dar razón a la parte de la promoción del proceso para que pueda ejercitar el derecho de defensa). (Voto del Sr. Juez José O. Casás, al que adhiere la Sra. Jueza Alicia E. C. Ruiz).

Fuente del sumario: OFICIAL
FALLOS A LOS QUE APLICA
Empresa Constructora Delta S.A. s/ queja por recurso de inconstitucionalidad denegado en GCBA c/Delmas S.A. s/ej. fisc. Ingresos brutos (reservado)
SENTENCIA. TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES. , 3/10/2012.

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