DERECHOS DEL NIÑO – CONVENCION DE LOS DERECHOS DEL NIÑO – REGIMEN PENAL DE MENORES

La República Argentina ha violado los derechos a la integridad física, psíquica y moral y a la dignidad humana -artículos 5.1. y 5.2. de la Convención americana en relación con su artículo 1.1-, en perjuicio de las cinco personas que fueron sancionadas y condenadas con penas de prisión y reclusión perpetuas por delitos cometidos cuando aún eran menores de 18 años de edad pues, la prohibición de la tortura como forma de persecución y castigo, así como la de otros tratos crueles, inhumanos y degradantes, ha ido extendiéndose a otros campos como el de las sanciones estatales frente a la comisión de delitos, representando, la sanción de prisión perpetua junto a los castigos corporales y a la pena de muerte, penas consideradas radicalmente desproporcionadas y que se encuentran bajo el ámbito de aplicación de las normas que prohíben la tortura y los tratos crueles, inhumanos y degradantes.

REFERENCIAS
Referencias Normativas: LEY 26.379 Art.1, LEY 26.379 Art.5

FALLOS
CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS , SAN JOSE DE COSTA RICA, SAN JOSE DE COSTA RICA
(Gracía Sayan – Ventura Robles – May Macaulay – Abreu Blondet – Pérez Pérez)
Mendoza, Cesar Alberto y Otros c/ República Argentina s/ Penas de Privación Perpetua de la Libertad
SENTENCIA del 14 DE MAYO DE 2013

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