DAÑOS Y PERJUICIOS – RESPONSABILIDAD MÉDICA – MALA PRAXIS – INDEMNIZACIÓN – LUCRO CESANTE

Acreditada una mala praxis médica, se debe indemnizar al paciente el lucro cesante por los ingresos no percibidos durante el lapso en el que estuvo internado o en reposo a causa de la ingesta de un medicamento prohibido prescripto por el profesional tratante. Para compensar las tareas de gestoría que cumplía se debe tener en cuenta los ingresos históricos promedio que recibía, fijados a valores actuales al momento de la sentencia de primera instancia. (Sumario Nº20172 de la Base de Datos de la Secretaría de Jurisprudencia de la Cámara Civil).

DATOS DEL FALLO
CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO CIVIL, CAPITAL FEDERAL
(CASTRO, UBIEDO, OJEA QUINTANA.)
MAURI, Patricia Edith c/ CALVAGNO, Marta Susana y otros s/ DAÑOSY PERJUICIOS.
SENTENCIA del 28 DE SETIEMBRE DE 2010

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