DAÑOS Y PERJUICIOS – RESPONSABILIDAD MÉDICA – ERROR DE DIAGNÓSTICO – RESPONSABILIDAD DE LOS ESTABLECIMIENTOS ASISTENCIALES – ATENCIÓN MÉDICA DOMICILIARIA

La circunstancia que el establecimiento asistencial al cual está afiliado el actor, contrate para la atención domiciliaria de sus afiliados a otra empresa, es un extremo inoponible al afiliado con quien existe una obligación. De ahí que, frente al diagnóstico erróneo efectuado por el servicio médico domiciliario dicho centro asistencial no puede pretender exonerarse de responsabilidad por ser delegadas las atenciones domiciliarias en una empresa independiente.

DATOS DEL FALLO
CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO CIVIL, CAPITAL FEDERAL
Sala G (Juez de Cámara: BELLUCCI.)
SIERRA, Sebastián Waldemar c/ SOCIEDAD ITALIANA DE BENEFICENCIA EN BUENOS AIRES y otros s/ DAÑOS Y PERJUICIOS
SENTENCIA del 1 DE ABRIL DE 2003

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