DAÑOS Y PERJUICIOS – RESPONSABILIDAD DEL MÉDICO – DEBER DE OBRAR CON PRUDENCIA – MÉDICO DE GUARDIA

Los médicos que atendieron en la guardia al paciente no obraron adecuadamente, esto es, con la diligencia, el cuidado y la previsión que era dable esperar cuando se prescribe un medicamento, ya que es indudable que eran los profesionales de la salud —por esa misma condición—, y no el paciente, quienes estaban obligados a interrogarlo para contar con la información —aunque fuera mínimamente— de su estado de salud, enfermedades, etc. que les permitiera asegurarse de que el remedio elegido no era perjudicial o contraindicado para dicho paciente.

DATOS DEL FALLO
CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO CIVIL, CAPITAL FEDERAL
Sala K ()
MOLINA GARCIA, Carlos Daniel c/ SCARPATI, Edgardo y otro s/ EJECUCION HIPOTECARIA
SENTENCIA del 6 DE JULIO DE 2004

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