DAñOS Y PERJUICIOS – HECHOS NATURALES – ACCIDENTE DE TRANSITO – RESPONSABILIDAD DEL CONDUCTOR – CASO FORTUITO – FUERZA MAYOR – FENOMENO METEOROLOGICO – INUNDACION

El conductor que, en un día lluvioso, invadió el carril contrario y colisionó con otro rodado, resulta responsable por el accidente, pues si bien alegó que un lodazal proveniente del desborde de un arroyo lo empujó a la mano contraria, no se acreditó el carácter extraordinario del hecho natural denunciado -que por otra parte es común en esa época del año-, que fuera inevitable o imprevisible para el accionado, ni que tal hecho fuera insuperable, a punto tal que un conductor prudente no lo pudiera sortear.

FALLOS
CAMARA EN LO CIVIL Y COMERCIAL , SAN SALVADOR DE JUJUY, JUJUY
(Caballero de Aguiar – Farfán – Rondón)
Díaz, Beatriz Inés c/ Rivera Alfredo Hilarión, Rivera Rodrigo Gonzalo s/ Indemnización de daños y perjuicios
SENTENCIA, 151.923/06 del 5 DE JULIO DE 2012

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