DAÑO MORAL – ACCIDENTE DE TRANSITO

Cabe admitir el daño moral sufrido por el actor por un accidente de tránsito, en tanto se acreditó que, mientras el accionante se disponía a cruzar la calle caminando, fue colisionado por el automóvil conducido por el demandado, y se probó también que al momento del impacto perdió el conocimiento, y surge de la pericia médica que si bien el actor no presenta trastornos psicológicos a causa del accidente, se recomienda la realización de un tratamiento psicológico para que pueda comprender y aceptar la gravedad de las lesiones físicas que le produjo el accidente, con el objeto de que pueda soportar el cese de las actividades placenteras y de recreación que ya no podrá realizar, permitiéndole encontrar nuevas alternativas para compensarlo.

FALLOS
4ta CAMARA DE APEL. EN LO CIVIL,COMERCIAL,MINAS,DE PAZ
Y TRIB. , MENDOZA, MENDOZA
(Sar Sar – Leiva)
Maldonado Devoto, Francisco Javier c/ Escobedo Rodríguez, Martín Gabriel s/ D. Y P.
SENTENCIA del 5 DE FEBRERO DE 2015
Nro.Fallo: 15190001

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