DAÑO MORAL – ACCIDENTE DE TRANSITO – DAÑO MATERIAL

Debe confirmarse la indemnización otorgada en concepto daño moral y material al hijo de la víctima fatal, pues el a quo ha ponderado para su cuantificación la edad que tenía al momento del deceso de su madre, la edad de ésta fallecida, computando el tiempo razonable en el cual se extendería la prestación alimentaria, así como la asistencia material y afectiva, que probablemente se continuara hasta la mayor edad, y la estrecha vinculación espiritual y biológica que se tiene con la madre.

FALLOS
CAMARA DE APELACIONES EN LO CIVIL Y COMERCIAL , PERGAMINO, BUENOS AIRES
(Scaraffia – Levato – Degleue)
Suarez, Marta Del Valle y Otro/A c/ Loos, Jose María y Otros s/ Daños y Perj. Autom. C/Les. O Muerte (Exc. Estado)
SENTENCIA del 19 DE NOVIEMBRE DE 2013

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