COSTAS AL VENCIDO – PRIVACION DEL USO DEL AUTOMOTOR

Si bien la regla del art. 132 CPC de la Provincia de Córdoba opera en concreto, siendo posible que en determinados casos el juez se aparte de ella y la morigere mediante una valoración no sólo matemática sino prudencial del asunto, decidiendo, por ejemplo, no imponerle las costas al actor pese al rechazo total o parcial de un rubro resarcitorio reclamado, esta situación no se presenta cuando el rechazo parcial del rubro -en el caso, privación de uso del vehículo- es imputable al actor por su omisión de probar que la demora del chapista en iniciar los trabajos comenzó en la fecha indicada, correspondiendo, entonces, aplicar el referido criterio proporcional.

REFERENCIAS
Referencias Normativas: Ley 8.465 Art.132

FALLOS
CAMARA DE APEL. EN LO CIVIL, COMERCIAL Y CONTENCIOSO ADMINIST. , SAN FRANCISCO, CORDOBA
(Perrachione y Vanzetti)
Becker, Lilia Andrea c/ Fuentes, Marcelino Oscar
SENTENCIA del 28 DE JUNIO DE 2012

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