Contrato de trabajo – Subcontratación laboral – Obreros de la construcción – Fallo plenario

SUMARIO

En virtud de la reforma introducida por la ley 25013 al artículo 30 de la LCT, debe considerarse derogado el fallo plenario Nro. 265 por el cual se establecía que el artículo referido no resultaba aplicable a una relación regida por la ley 22.250. (En igual sentido: “Gutiérrez, Celestino c/Art Ed S.R.L. y otro s/ley 22.250”, S.D. 70605 del 5/6/02, del registro de la misma Sala). Toq. 1191.

REFERENCIAS

Referencias Normativas: LEY 20.744 – TEXTO ORDENADO POR DECRETO 390/76 Art. 30, Ley 22.250, LEY 25013

DATOS DEL FALLO

CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO, CAPITAL FEDERAL
Sala I (Pirroni. Puppo.)
Gonzalez, Abelardo R. c/ Agudia S.R.L. y otro s/ Ley 22.250.
SENTENCIA, 22380/03 del 20 DE FEBRERO DE 2006

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