Conjuntos Inmobiliarios

Código Civil y Comercial

El Código Civil y Comercial regula los barrios privados o clubes de campo con el nombre de conjuntos inmobiliarios.

Conjuntos Inmobiliarios

¿Qué es un conjunto inmobiliario?

Es como llama el Código a los barrios privados y clubes de campo. Sus características son:

• Cerramiento del espacio urbanizado.

• Partes comunes y privativas.

• Reglamento que establece los órganos de funcionamiento, el régimen disciplinario, las obligaciones de los propietarios, etc.

• Un consorcio de propietarios.

Si en el lugar hay establecimientos comerciales u oficinas, ¿son también conjuntos inmobiliarios?

Sí.

Vivo hace tiempo en un barrio privado, ¿el nuevo código me afecta?

Desde la vigencia del Código Civil y Comercial, los conjuntos inmobiliarios tienen la regulación de la propiedad horizontal. Si el lugar donde vivís no está ajustado a ese régimen, tiene que hacerlo.

Partes

¿De quiénes son las calles del barrio privado o sus plazas?

En los conjuntos inmobiliarios hay partes comunes y partes privativas. Las partes comunes son las que pertenecen o pueden ser usadas por todos los propietarios.

Como ejemplos: las calles, los lugares de acceso, las áreas para actividades deportivas, recreativas y sociales.

El Reglamento debe indicar qué otros lugares y bienes de uso comunitario son lugares comunes.

En general, se consideran comunes todas las partes del conjunto inmobiliario que no son propias.

¿Cuáles son las partes privativas?

Las de propiedad exclusiva: por ejemplo tu casa.

Cerramiento

El barrio o club de campo ¿puede estar cerrado por un alambrado perimetral?

Sí, siempre que lo permitan las normas de la provincia o del municipio donde se encuentra el barrio.

Obligaciones

La reglamentación del barrio o club ¿puede establecer las características que debe tener la construcción de mi casa?

Sí. El reglamento de propiedad puede establecer la cantidad de metros que tenés que construir, pautas sobre el aspecto exterior de tu casa, etc.

El reglamento también puede establecer las llamadas servidumbres: que tu propiedad sirva a otra, por ejemplo, para permitir el ingreso a un lote lindero o para desagüe.

¿Tengo alguna limitación para vender mi propiedad en un barrio privado?

El Reglamento puede fijar limitaciones, pero no puede prohibir que vendas tu inmueble. El Reglamento también puede establecer que los otros propietarios o el mismo consorcio tienen prioridad para comprar las casas en venta.

¿Hay que pagar expensas?

Sí. Las expensas incluyen los gastos por el mantenimiento y funcionamiento de todo el conjunto. Cada propietario debe pagar el porcentaje que le indica el reglamento.

Si un propietario viola el reglamento de propiedad o provoca daños ¿es posible aplicarle sanciones?

Sí, el Consorcio puede aplicar sanciones cuando las infracciones son graves y se repiten. Las sanciones deben estar previstas en el Reglamento.

Invitados

¿Mis invitados pueden usar las instalaciones comunes

Depende de lo que diga el Reglamento.

Si alquilo una casa en un barrio privado, ¿tengo acceso a todos los espacios y servicios del barrio?

Depende del Reglamento, que puede establecer condiciones y pautas para el uso de los espacios comunes por parte de los inquilinos.

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