ARCHIVO DEL EXPEDIENTE – PRUEBA – CUERPO MEDICO FORENSE – MUERTE DEL PACIENTE – MALA PRAXIS

Resulta prematuro el archivo de las actuaciones pues si bien de las pruebas colectadas durante la investigación no se ha podido determinar, de momento y tal como afirma la querellante, que el deceso de su hijo haya sido como consecuencia de haber contraído hantavirus en su ámbito laboral, de la denuncia formulada surge que dicha parte cuestionó la actuación de los profesionales de salud de la clínica donde acaeció el fallecimiento. Sin embargo, dicho aspecto de la hipótesis imputativa que ha sido resaltado por la querellante en la audiencia celebrada ante esta sede, fue soslayado en el pronunciamiento puesto en crisis, razón por la cual corresponde recabar de la aludida clínica la totalidad de la documentación correspondiente -informes y estudios médicos- y luego se deberá requerir un nuevo informe del Cuerpo Médico Forense para que, mediante una Junta Médica, determine si la actuación de los galenos que asistieron a la víctima en dicha clínica se ajustó a las reglas del arte de curar de acuerdo con los síntomas que presentaba el paciente. Además, sobre la base de la recolección de la prueba indicada, se deberá solicitar a dicha Junta Médica que deberá ser integrada, al menos, con un especialista en tanatología que informe si es posible determinar con certeza la causa del fallecimiento.

FALLOS
CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL , CAPITAL FEDERAL, CAPITAL FEDERAL
Sala 04 (MARIANO HERNAN BORINSKY – JUAN CARLOS GEMIGNANI – GUSTAVO MARCELO HORNOS)
González, Griselda Haydee s/ recurso de casación
SENTENCIA del 11 DE JULIO DE 2016
Nro.Fallo: 16260254

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