Adopciones ¿Quién y cómo se elige al guardador?

Es una facultad discrecional del juez, que lo designará de acuerdo a la nómina remitida por el Registro de Adoptantes y dando participación a la autoridad administrativa que intervino en el proceso y al niño, niña o adolescente cuya opinión debe ser tenida en cuenta según su edad y grado de madurez. Si el potencial adoptado fuese mayor de diez años, debe prestar consentimiento expreso.

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