ACCIDENTE DE TRANSITO – RESPONSABILIDAD OBJETIVA – EXIMENTES DE RESPONSABILIDAD (CIVIL) – COLECTIVO DE LINEA – MOTOCICLISTA – CULPA DE LA VICTIMA

Resulta reprochable la actitud asumida por el actor, quien no pudo dejar de observar el colectivo de gran porte que estaba arribando al cruce y, no obstante, especuló a ganarle el paso emprendiendo una maniobra francamente desafortunada, sin respetar el privilegio que gozaba el otro vehículo y que le imponía la detención del automóvil. Esta conclusión revela que el accidente se produjo por una importante participación culposa de la víctima que conformó una conducta reprensible con incidencia causal en el ilícito y, por tanto, con eficacia para desvirtuar parcialmente la presunción de responsabilidad que alcanza al dueño y guardián de la cosa riesgosa.

FALLOS
CAMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO CIVIL , CAPITAL FEDERAL, CAPITAL FEDERAL
(RICARDO LI ROSI – SEBASTIÁN PICASSO – HUGO MOLTENI -)
DELLA ROSCIA HUGO ALBERTO y otro c/ MICROOMNIBUS SAAVEDRA S.A.T.A.C.E.I. y otros s/ DAÑOS Y PERJUICIOS.
SENTENCIA del 5 DE FEBRERO DE 2013

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