ACCIDENTE DE TRANSITO – RESPONSABILIDAD OBJETIVA – CHOFER DE COLECTIVOS – DEBER DE OBRAR CON PRUDENCIA

Se ha señalado la necesidad de exigir al conductor profesional un nivel mayor de diligencia, superior al corriente, la más leve negligencia es suficiente para comprometer su responsabilidad, situación ésta que adquiere especial justificación si se tiene en cuenta que el conductor del colectivo maneja una cosa riesgosa y que, por tal motivo, debe extremar los recaudos para no causar daños a terceros.

FALLOS
CAMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO CIVIL , CAPITAL FEDERAL, CAPITAL FEDERAL
(RICARDO LI ROSI – SEBASTIÁN PICASSO – HUGO MOLTENI -)
DELLA ROSCIA HUGO ALBERTO y otro c/ MICROOMNIBUS SAAVEDRA S.A.T.A.C.E.I. y otros s/ DAÑOS Y PERJUICIOS.
SENTENCIA del 5 DE FEBRERO DE 2013

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