ACCIDENTE DE TRANSITO – RESPONSABILIDAD DEL CONDUCTOR

Los conductores codemandados deben responder por los daños que sufrió el actor con motivo del accidente de tránsito que protagonizaron en una ruta -en un 80 y 20% respectivamente -, en tanto el primero de aquellos con el fin de girar hacia la izquierda obstaculizó temerariamante la fluidez del transito, en violación a los arts. 51 inc 3); 59 incs 7), 8) y 24) y 82 inc 2) de la Ley de Tránsito Nº 11.430 vigente al momento del hecho, mientras que, el segundo, colisionó por detrás a éste último mientras estaba detenido, cuando podría haber evitado el impacto, o al menos reducir sus consecuencias, de conducir con la debida precaución y el pleno dominio de su rodado que exige la normativa vigente en la materia.

FALLOS
CAMARA DE APELACIONES EN LO CIVIL Y COMERCIAL , PERGAMINO, BUENOS AIRES
Sala 01 (Scaraffia – Levato)
Castillo, Hugo Martín c/ Festa, Gustavo Fabian y Otro/A s/ Daños y Perjuicios. Autom. S/Lesiones (Exc.Estado) (100)
SENTENCIA del 13 DE MARZO DE 2013

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