ACCIDENTE DE TRANSITO – PRIORIDAD DE PASO

El derecho prioritario de paso no puede ser excluido o derogado de manera absoluta o total en su operatividad y aplicabilidad, esto es, aun cuando el favorecido con el mismo circulara a excesiva velocidad al arribar al cruce, si el otro protagonista tampoco cumplió con un deber que estaba a su cargo contribuyendo en algún modo también, como concausa, al originamiento del accidente.

FALLOS
CAMARA EN LO CIVIL, COMERCIAL, FAMILIA, CONTENC. ADM. , RIO CUARTO, CORDOBA
(Ordoñez – Mola – Taddei)
Ferrero, Eduardo Emmanuel c/ Vicens, Jimena Soledad s/ embargo preventivo – hoy ordinario
SENTENCIA del 11 DE ABRIL DE 2013
Nro.Fallo: 13160029

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