ACCIDENTE DE TRANSITO – DAÑOS Y PERJUICIOS – RESPONSABILIDAD OBJETIVA – RESPONSABILIDAD DEL DUEÑO O GUARDIAN DE LA COSA

Corresponde acoger parcialmente el recurso de apelación interpuesto, y en su mérito, revocar la sentencia atacada, haciendo lugar parcialmente a la demanda destacando que nos hallamos ante un supuesto de responsabilidad objetiva contemplado en el artículo 1113 segundo apartado “in fine” del C.C., en donde resulta de aplicación la teoría del “riesgo creado” que constituye el principio rector en el tema. Ello, habida cuenta que en el suceso que originara el juicio han intervenido un camión con acoplado de propiedad del demandado y por el guiado, y un automotor conducido por el actor, que se tratan de cosas riesgosas; por lo tanto cada dueño o guardián deben responder por los daños causados al otro.

FALLOS
CAMARA DE APELACIONES EN LO CIVIL Y COMERCIAL , PERGAMINO, BUENOS AIRES
(Levato Scaraffia)
CARDOSO, CLAUDIO JAVIER c/ AMICI, HÉCTOR ANTONIO Y OTROS s/ DAÑOS Y PERJ.AUTOM.C/LES.O MUERTE
SENTENCIA del 18 DE JUNIO DE 2012

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