ACCIDENTE DE TRANSITO – CULPA DE LA VICTIMA – EXIMICION DE RESPONSABILIDAD

Si bien la falta de casco (que bien vale para los supuestos de ausencia de colocación de los cinturones de seguridad) por parte de los damnificados, en un accidente de tránsito, no opera como eximente de responsabilidad, por carecer de incidencia en la causación del accidente, dicha circunstancia deberá ser ponderada al evaluar los montos indemnizatorios en el caso de que su carencia haya contribuido causalmente en la producción o agravamiento de los daños por los que se reclama.

FALLOS
CAMARA CIVIL, COMERCIAL, LABORAL Y MINERIA , PUERTO MADRYN, CHUBUT
(Mario Luis Vivas Heraldo Enrique Fiordelisi)
F. J. A. y otro c/ V. M. I. y/u otro s/ DAÑOS Y PERJUICIOS
SENTENCIA, 19-C-12 del 4 DE JUNIO DE 2012

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